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V0710-16 23. Februar 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · consorcio

Zahlungen zwischen Konsortialmitgliedern für zusätzliche Waren und Dienstleistungen können in der Körperschaftsteuer abzugsfähig sein

Es wird angefragt, ob Beträge, die sich Mitglieder eines Konsortiums gegenseitig zur Verrechnung zusätzlicher Waren und Dienstleistungen zahlen, in der Körperschaftsteuer abzugsfähig sind. Die DGT stellt fest, dass diese Beträge abzugsfähige Aufwendungen darstellen, sofern sie die allgemeinen Abzugsvorschriften erfüllen und die entsprechenden Erträge in die Bemessungsgrundlage einbezogen werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada A efectos del Impuesto sobre Sociedades, si los importes satisfechos por los miembros del consorcio a otros miembros del consorcio, para compensar los bienes y servicios adicionales comprometidos con el cliente, tendrán la consideración de gasto fiscalmente deducible. Y si los citados importes deberán ser imputados por los miembros del consorcio en el período impositivo en que estos se devenguen.

Die Entscheidung der DGT

Los ingresos contables devengados por los miembros del consorcio que son asumidos por otros miembros deben incluirse en su base imponible. Los gastos incurridos para cubrir dichos bienes y servicios adicionales serán fiscalmente deducibles si cumplen las condiciones de inscripción contable, imputación por devengo, justificación documental y no sean considerados no deducibles por la LIS. En caso de existir vinculación, las operaciones deben valorarse a valor de mercado.

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