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V0654-15 23. Februar 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión parcial

Teilspaltung ohne Sonderregime, wenn das abgesonderte Vermögen keine Geschäftszweig darstellt

Eine Immobilienentwicklungsgesellschaft beabsichtigt, ihre Immobilienvermietung durch die Gründung einer neuen Gesellschaft abzuspalten. Die DGT stellt fest, dass die Voraussetzung eines Geschäftszweiges für das Sonderregime nicht erfüllt ist, da zuvor keine eigenständige organisatorische Struktur für die Vermietung bestand.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si puede considerarse que existe rama de actividad cuando la entidad ha venido arrendando los vienes que van a ser objeto de escisión, pero no se cumplían los requisitos previstos en el artículo 27 de la Ley 35/2006.

Die Entscheidung der DGT

Para que una escisión parcial disfrute del régimen especial, el patrimonio segregado debe constituir una unidad económica autónoma capaz de funcionar por sus propios medios. El concepto de rama de actividad exige que la actividad exista previamente en la entidad transmitente con un conjunto patrimonial identificado y una organización que permita su explotación autónoma. En este caso, al ser los medios necesarios para el arrendamiento posteriores a la operación, no se considera rama de actividad.

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