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V0633-22 24. März 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · deducción por donativos

Beiträge an Vereine können abzugsfähig sein, wenn sie als Schenkungen mit Schenkungswillen gelten

Es wird geprüft, ob die an einen nach dem Gesetz 49/2002 anerkannten Verein gezahlten Jahresbeiträge den Abzug von Spenden in der Einkommensteuer (IRPF) ermöglichen. Die DGT stellt klar, dass dies nur möglich ist, wenn die Beiträge als Spenden oder unwiderrufliche, reine und einfache Zuwendungen ohne Gegenleistung und mit Schenkungswillen erfolgen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las cuotas anuales satisfechas por una persona física a una asociación acogida a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, puede acogerse a la deducción por donativos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Para que las cuotas a asociaciones sean deducibles, deben ser donativos o aportaciones irrevocables, puras y simples, que no supongan una contraprestación presente o futura. Excepcionalmente, las cuotas a asociaciones de utilidad pública pueden asimilarse a donativos si se realizan con ánimo de liberalidad. Este ánimo debe determinarse mediante criterios objetivos, atendiendo a los derechos que los estatutos otorguen a los socios a cambio del pago.

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