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V0572-15 12. Februar 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IVA · modelo 347

Soziale Einrichtungen müssen das Formular 347 für Erwerbe außerhalb ihrer steuerbefreiten Tätigkeit einreichen

Eine religiöse Gemeinschaft erkundigt sich, ob sie das Formular 347 für ihre sozialen Tätigkeiten einreichen muss und wie erhaltene Zuschüsse zu deklarieren sind. Die DGT stellt klar, dass Erwerbe von Waren und Dienstleistungen, die außerhalb der steuerbefreiten Tätigkeit getätigt werden, anzugeben sind. Betriebliche Zuschüsse werden in die Bemessungsgrundlage der Körperschaftsteuer einbezogen, sofern sie nicht nach dem Gesetz 49/2002 von der Steuer befreit sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1) Si está obligada a presentar el modelo 347 si realiza sólo las operaciones propias del sector de su actividad, entendiendo por operaciones tanto las entregas de bienes y prestaciones de servicios como las adquisiciones de los mismos.

Die Entscheidung der DGT

Las entidades de carácter social deben presentar la declaración anual de operaciones con terceros por las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen al margen de sus actividades empresariales o profesionales, incluso si no realizan tales actividades. No deben incluir las operaciones realizadas dentro del sector de su actividad cuyas entregas de bienes y servicios estén exentas de IVA. Respecto a las subvenciones, deben declararse en el modelo 347 siempre que no correspondan al sector de su actividad exenta. En el Impuesto sobre Sociedades, las subvenciones de explotación se integran en la base imponible según el criterio de imputación contable, salvo que la Ley 49/2002 las declare exentas.

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