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V0455-16 5. Februar 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Sonderregelung für Sacheinlagen anwendbar bei Erfüllung der Beteiligungs- und Besitzvoraussetzungen

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung von Anteilen an Tochtergesellschaften in eine in Spanien ansässige Gesellschaft unter die Sonderregelung fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligungshöhe, den ununterbrochenen Besitz und die Vorliegen wirtschaftlich begründeter Gründe erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para que la aportación de acciones de contribuyentes del IRPF se acoja al régimen especial, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios de una entidad que no sea una agrupación de interés económico ni gestione patrimonio mobiliario o inmobiliario. El aportante debe haber poseído dichas acciones ininterrumpidamente durante el año anterior y mantener al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora tras la operación. Además, la operación debe responder a motivos económicos válidos y no tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal.

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