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V0431-24 14. März 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung der steuerlichen Neutralität bei der Einbringung von Anteilen gemäß Art. 87 LIS möglich

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung ihrer Anteile an einem Unternehmen in eine neue Gesellschaft unter das Sonderregime der steuerlichen Neutralität fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dieses Regime angewendet wird, wenn die Voraussetzungen hinsichtlich des Wohnsitzes, der Mindestbeteiligung und der Haltedauer erfüllt sind, sofern die Transaktion nicht der Steuerhinterziehung oder Steuervermeidung dient.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación proyectada consistente en la aportación no dineraria a la entidad B de las participaciones que uno de los socios titula en la entidad A encaja dentro de la definición prevista en el artículo 87 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y cuenta con motivos económicos válidos que la hagan susceptible de acogerse al régimen fiscal especial del Capítulo VII de su Título VII.

Die Entscheidung der DGT

La aportación de participaciones sociales por una persona física se acogerá al régimen especial si la entidad receptora es residente en España o tiene establecimiento permanente, si el aportante mantiene al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora y si las participaciones aportadas representan al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportante, habiendo sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. No obstante, el régimen no se aplicará si la operación tiene como principal objetivo el fraude, la evasión fiscal o la mera obtención de una ventaja fiscal sin motivos económicos válidos.

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