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V0431-24 14. März 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung der steuerlichen Neutralität bei der Einbringung von Anteilen gemäß Art. 87 LIS möglich

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung ihrer Anteile an einem Unternehmen in eine neue Gesellschaft unter das Sonderregime der steuerlichen Neutralität fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dieses Regime angewendet wird, wenn die Voraussetzungen hinsichtlich des Wohnsitzes, der Mindestbeteiligung und der Haltedauer erfüllt sind, sofern die Transaktion nicht der Steuerhinterziehung oder Steuervermeidung dient.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación proyectada consistente en la aportación no dineraria a la entidad B de las participaciones que uno de los socios titula en la entidad A encaja dentro de la definición prevista en el artículo 87 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y cuenta con motivos económicos válidos que la hagan susceptible de acogerse al régimen fiscal especial del Capítulo VII de su Título VII.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora. En el caso de personas físicas, las participaciones aportadas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportante y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. No se aplicará el régimen si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos más allá de la ventaja fiscal.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

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