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V0429-17 17. Februar 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · residencia fiscal

Steuerlicher Wohnsitz eines EUIPO-Experten nach spanischem nationalem Recht bestimmt

Ein an das EUIPO entsandter nationaler Experte klärte die Frage seines steuerlichen Wohnsitzes in Spanien sowie die Besteuerung seiner Vergütungen. Die DGT entschied, dass da es sich nicht um statutäres Personal handelt, die Residenzregeln des LIRPF und nicht die Privilegien des EU-Protokolls Anwendung finden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada En relación con el período impositivo 2016, si tendrá la consideración de residente fiscal en España.

Die Entscheidung der DGT

Al ser personal externo (experto nacional), no se aplica el Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades de las Comunidades Europeas para determinar su residencia. La residencia fiscal dependerá de cumplir los criterios de la LIRPF, como la permanencia de más de 183 días en España. Si es residente en España, tributará por su renta mundial, aunque las remuneraciones del INPI podrían estar exentas según el Convenio con Francia. Si no es residente, solo tributará en España por las rentas de fuente española.

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