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V0417-16 3. Februar 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · doble imposición internacional

Anrechnung ausländischer Doppelbesteuerung mit Brasilien auf 20 % gemäß Doppelbesteuerungsabkommen begrenzt

Ein spanisches Unternehmen erkundigt sich nach der Berechnung der Anrechnung ausländischer Steuern auf Zinserträge aus Brasilien, die nach brasilianischem Recht von der Quellensteuer befreit sind. Die DGT stellt fest, dass gemäß dem Doppelbesteuerungsabkommen mit Brasilien für die Anrechnung davon auszugehen ist, dass diese Zinsen mit 20 % besteuert wurden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada A los efectos de la aplicación de la deducción del artículo 31 de la LIS, ¿cuál sería la base y el porcentaje de deducción y, en su caso, el límite de la misma?

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la deducción del artículo 31 de la LIS, se debe deducir la menor de la cuantía efectivamente pagada en el extranjero o la cuota que correspondería en España. No obstante, al existir un Convenio con Brasil, la deducción no puede exceder del impuesto que corresponda según dicho Convenio. En este caso, el artículo 23.2 del Convenio establece que para la deducción se considerará que los intereses han tributado al 20%. Por tanto, la deducción se limitará al resultado de multiplicar el importe de los intereses por el 20%.

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