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V0381-25 20. März 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · heredamiento cumulativo

Anwendbarkeit von Art. 33 Abs. 3 lit. b LIRPF auf die kumulative Erbfolge nach dem katalanischen Zivilgesetzbuch

Der Anfragende erkundigt sich, ob die Übertragung von Vermögenswerten im Wege einer Schenkung durch eine katalanische Vereinbarung zur kumulativen Erbfolge die Steuerfreiheit für Veräußerungsgewinne in der Einkommensteuer (IRPF) ermöglicht. Die DGT stellt fest, dass diese Steuerbefreiung auf dieses Rechtsinstitut anwendbar ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el hecho de reservarse el usufructo sobre las participaciones de la mencionada empresa familiar, y sobre los inmuebles de los que es titular, así como una gran parte del pleno dominio de las inversiones financieras de las que es titular (bienes que se atribuirán a su heredera/legatarios en el momento del fallecimiento del consultante), permite la aplicación de lo dispuesto en el artículo 33.3.b) de la Ley 35/2006.

Die Entscheidung der DGT

La excepción de gravamen del artículo 33.3.b) de la Ley 35/2006 resulta aplicable al heredamiento cumulativo del artículo 431.19.2 del Código Civil de Cataluña. Esto permite estimar que no existe ganancia o pérdida patrimonial en la transmisión. No obstante, la aplicación depende de que se cumplan los requisitos de dicha figura según el Código Civil catalán.

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