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V0380-14 14. Februar 2014 · SG de Fiscalidad Internacional Kriterium gültig
IVA · prestación de servicios

Touristische Reiseführerdienste im Ausland unterliegen nicht der spanischen MwSt. oder der IRNR

Ein in Spanien ansässiger Reiseführer erkundigt sich, ob seine im Ausland erbrachten Dienstleistungen sowie die Zahlungen an lokale Fachkräfte in Spanien steuerpflichtig sind. Die DGT stellt fest, dass Dienstleistungen außerhalb Spaniens nicht der spanischen MwSt. unterliegen und Zahlungen an Ausländer nicht der IRNR unterliegen, da sie nicht auf spanischem Staatsgebiet genutzt werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones que realiza con otros empresarios o profesionales para la prestación de sus servicios de guía turístico fuera de España son intracomunitarias y si están sujetas a retención si son actividades profesionales realizadas por personas físicas. Se plantean cuestiones relativas al IVA, sobre el deber de repercutir este impuesto a los turistas fuera de España y qué tipo es el aplicable, si es de aplicación en el caso planteado el art. 70 de la LIVA y si la prestación de servicios es una operación sujeta, no sujeta o exenta al IVA si se realiza en territorio distinto al común.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de guía turística prestados a particulares fuera de España no están sujetos al IVA español por no prestarse materialmente en su territorio. Los pagos realizados por el consultante a profesionales no residentes no se consideran rentas obtenidas en España, ya que los servicios se utilizan en el extranjero. Para obligaciones de registro o tipos en otros Estados o terceros países, se debe aplicar la normativa de cada lugar.

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