Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V0349-26 19. Februar 2026 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusionsabsorption kann unter dem Regime der steuerlichen Neutralität stehen, sofern die Anforderungen des LIS erfüllt sind

Ein beratendes Unternehmen plant eine Fusionsabsorption, um seine Struktur zu vereinfachen und die Immobiliengeschäfte zu zentralisieren. Die DGT prüft, ob die Transaktion unter das Regime der steuerlichen Neutralität fallen kann und ob eine Übernahme von Verlustvorträgen zulässig ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada

Die Entscheidung der DGT

Si la fusión se realiza en el ámbito mercantil y cumple el artículo 76.1 a) de la LIS, puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal. En este caso, no se integrarán las rentas por la transmisión y la sociedad absorbente mantendrá los valores y antigüedad de los bienes recibidos. La absorbente se subrogará en las bases imponibles negativas de la transmitente con los límites de los artículos 84.2 y la DT 16ª.7 de la LIS. El régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, aunque la ausencia de motivos económicos válidos solo constituye una presunción de dicho objetivo.

E-Mail
Kontakt