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V0207-21 10. Februar 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · permuta

Aufhebung eines Grundstücktauschenvertrags gegen künftige Bauleistung begründet neuen Steuertatbestand bei ITP und IIVTNU

Eine Gesellschaft möchte ein Grundstück nach der einvernehmlichen Aufhebung eines Tauschvertrags aus dem Jahr 2008 an den ursprünglichen Eigentümer zurückgeben. Die DGT prüft, ob diese Rückgabe der Mehrwertsteuer, der Grunderwerbsteuer (ITP/AJD) und der Steuer auf unbewegliche Vermögenswerte (IIVTNU) unterliegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la entrega de los terrenos al propietario original como consecuencia de la resolución de mutuo acuerdo del contrato de permuta está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido así como al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto por el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Die Entscheidung der DGT

En cuanto al IVA, la devolución no es una nueva entrega, sino una resolución que permite rectificar la tributación mediante factura rectificativa. Para el ITP/AJD, el mutuo acuerdo no permite la devolución del impuesto previo y se considera un nuevo acto sujeto a tributación. Respecto al IIVTNU, la resolución por mutuo acuerdo no da derecho a devolución y la transmisión de las fincas de la consultante al cedente se considera un nuevo hecho imponible.

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