Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V0148-18 26. Januar 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · ganancias patrimoniales

Aufenthaltsanforderungen für die Anwendung von Artikel 95 bis LIRPF bei Wohnsitzwechsel

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob Artikel 95 bis LIRPF aufgrund eines Umzugs in die USA unter Berücksichtigung des Umzugsdatums anwendbar ist. Die DGT stellt klar, dass die Anwendung davon abhängt, ob die Anforderung der Ansässigkeit in 10 der 15 Steuerperioden vor der letzten zu deklarierenden Periode erfüllt ist.

Die gestellte Frage

Confirmar que no le resultaría de aplicación lo dispuesto en el artículo 95 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el supuesto de dejar de ser residente fiscal en España, debido a su traslado a Estados Unidos en junio de 2018, porque no cumpliría el requisito de haber sido residente en España en 10 de los 15 períodos impositivos anteriores al último período a declarar por IRPF (en este caso, 2017).

Die Entscheidung der DGT

Para que el artículo 95 bis de la LIRPF sea aplicable, el contribuyente debe haber sido residente en España en al menos diez de los quince periodos impositivos anteriores al último periodo que deba declararse. Si el traslado ocurre en junio de 2018 y el último periodo a declarar es 2017, no se cumple dicho requisito. Si el traslado ocurre en agosto de 2018 y el último periodo es 2018, el requisito de residencia sí podría cumplirse, quedando sujeta la tributación a las condiciones de valor o participación de las acciones.

Kostenloses Erstgespräch buchen