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V0076-26 20. Januar 2026 · SG de Tributos Kriterium gültig
OTRO · domicilio fiscal

Un domicilio fiscal distinto al establecido por das Ley General Tributaria no es posible

Es wird die Möglichkeit angefragt, einen steuerlichen Sitz festzulegen, der nicht den gesetzlichen Kriterien entspricht. Die DGT stellt klar, dass der steuerliche Sitz demjenigen entsprechen muss, der durch das allgemeine Steuergesetz (Ley General Tributaria) vorgegeben ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada

Die Entscheidung der DGT

El domicilio fiscal es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración. Según la Ley General Tributaria, el domicilio fiscal para personas físicas es su residencia habitual o donde esté centralizada la gestión de su actividad económica. Al estar regulado por ley, no es posible proporcionar un domicilio fiscal distinto al que establece la normativa.

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