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V0009-24 12. Februar 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · régimen especial de trabajadores desplazados

Beendigung eines Arbeitsverhältnisses und Aufnahme einer Geschäftsführerfunktion nach kurzer Inaktivität schließen Sonderregelung der LIRPF nicht aus

Ein in Spanien unter dem Sonderregime für entsandte Arbeitnehmer ansässiger britischer Staatsangehöriger beendete sein Arbeitsverhältnis und wurde Geschäftsführer seiner eigenen Gesellschaft. Die DGT prüft, ob dieser Tätigkeitswechsel zum Ausschluss aus dem Sonderregime gemäß Artikel 93 der LIRPF führt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si, dada la brevedad del período de tiempo transcurrido entre el cese de la relación laboral previa y la adopción del cargo de administrador en la sociedad que ha constituido en España, continuará siéndole de aplicación el régimen especial regulado en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

El cese de la relación laboral previa y el inicio de una nueva condición de administrador tras un breve periodo de inactividad no implica la exclusión del régimen especial, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 93 de la LIRPF. No obstante, el contribuyente no debe obtener rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente en España, salvo en el caso de la nueva condición de administrador. Si el consultante prestara servicios distintos a sus funciones de administrador que generen rendimientos de actividades económicas por establecimiento permanente, incumpliría el requisito del apartado 93.1.c).

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