Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V0005-14 3. Januar 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Anwendung der Steuerbefreiung für Auslandstätigkeiten auf Gehalt und spezifische Zulagen

Ein Unternehmen erkundigt sich, ob seine ins Ausland entsandten Techniker die Steuerbefreiung gemäß Art. 7 Buchst. p) LIRPF auf ihr Gehalt und ihre Zulagen anwenden können und ob dies mit der Verpflegungsmehraufwandsregelung vereinbar ist. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Voraussetzungen für die Entsendung, die Ansässigkeit des Arbeitgebers im Ausland und die Besteuerung im Bestimmungsland erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si procede la aplicación de la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tanto sobre el salario como sobre el complemento adicional, así como compatibilidad de esta exención con lo establecido en el artículo 9.A.3.a) del Reglamento del Impuesto.

Die Entscheidung der DGT

La exención del artículo 7.p) de la LIRPF es aplicable a las retribuciones devengadas durante los días de estancia en el extranjero, incluyendo las retribuciones específicas por el desplazamiento, con un límite de 60.100 euros anuales. Para las retribuciones no específicas, se debe aplicar un reparto proporcional según los días de desplazamiento sobre el total de días del año. Además, esta exención es compatible con el régimen de dietas exceptuadas de gravamen del artículo 9.A.3.a) del RIRPF.

E-Mail
Kontakt