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V0005-14 3 janvier 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Application de l'exonération pour travail à l'étranger sur le salaire et les compléments spécifiques

Une entreprise demande si ses techniciens détachés à l'étranger peuvent bénéficier de l'exonération prévue à l'article 7.p) de la LIRPF sur leur salaire et leurs compléments, et si cela est compatible avec l'exonération des indemnités de déplacement. La DGT confirme que cela est possible sous réserve de respecter les conditions de détachement, de non-résidence de l'entité et de la fiscalité du pays de destination.

La question posée

Cuestión planteada Si procede la aplicación de la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tanto sobre el salario como sobre el complemento adicional, así como compatibilidad de esta exención con lo establecido en el artículo 9.A.3.a) del Reglamento del Impuesto.

La position de la DGT

La exención del artículo 7.p) de la LIRPF es aplicable a las retribuciones devengadas durante los días de estancia en el extranjero, incluyendo las retribuciones específicas por el desplazamiento, con un límite de 60.100 euros anuales. Para las retribuciones no específicas, se debe aplicar un reparto proporcional según los días de desplazamiento sobre el total de días del año. Además, esta exención es compatible con el régimen de dietas exceptuadas de gravamen del artículo 9.A.3.a) del RIRPF.

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