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BOE-A-2026-2952 ·9. Februar 2026 ·acuerdo Geringe Auswirkung
Steuerrecht

La Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Alicante debe conocer exclusivamente asuntos de violencia sobre la mujer desde el 10 de febrero de 2026

El Acuerdo de 27 de enero de 2026 modifica la especialización de la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Alicante, atribuyéndole conocimiento exclusivo de asuntos de violencia sobre la mujer, conforme a los artículos 80.3, 82 y 82 bis.2 de la Ley Orgánica 6/1985. Este cambio entra en vigor el 10 de febrero de 2026 y supone una reorganización del reparto de competencias en materia de protección de mujeres vulnerables.

Wen betrifft es

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  • Si la empresa tiene empleados afectados por violencia sobre la mujer y requiere acceso a servicios jurídicos

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  • Si el autónomo actúa como representante de una víctima o presenta un caso de violencia sobre la mujer

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  • Personas que denuncian o demandan por violencia sobre la mujer

art. 80.3, 82 y 82 bis.2 LO 6/1985

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  • Si la empresa tiene empleados afectados por violencia sobre la mujer y requiere acceso a servicios jurídicos

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  • Si el caso está relacionado con violencia sobre la mujer y se presenta en el territorio de Alicante

Wie es Betroffene betrifft

Los demandantes de violencia sobre la mujer deben presentar sus casos ante la Sección 1.ª de Alicante desde el 10 de febrero de 2026. Las administraciones judiciales de otras audiencias deben desviar estos casos. Los profesionales del derecho deben actualizar sus orientaciones sobre competencias por sectores. Los asesores de víctimas deben informar sobre el nuevo punto de acceso jurídico.

Zeitlinie

2026-02-09pubVeröffentlichung im BOE
2026-02-10vigorInkrafttreten (disposición final)
Offizieller Text Basierend auf BOE-Daten (boe.es). Information, keine Beratung.

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