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V3305-19 2 décembre 2019 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ITPAJD · expediente de dominio

Le dossier de domanialité est assujetti à l'ITP et à l'AJD, sauf preuve de paiement préalable ou d'exonération

Un contribuable a demandé si l'acquisition d'une parcelle en 1977 était exonérée de l'ITP, estimant que l'impôt n'existait pas à l'époque. La DGT précise que l'impôt était bien en vigueur à cette date et que la procédure de domanialité actuelle est soumise à la liquidation de cet impôt.

La question posée

Cuestión planteada Confirmación de que, dado que en la fecha de adquisición de la parcela no existía el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, no cabe la posibilidad de acreditar el pago del mismo, por lo que la adquisición del bien estaría exenta o no sujeta por el citado impuesto.

La position de la DGT

En 1977 sí existía el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados bajo el Decreto 1018/1967. Según el artículo 7.2.c) del actual Texto Refundido, los expedientes de dominio están sujetos al impuesto, a menos que se acredite haber satisfecho el mismo, la exención o la no sujeción por la transmisión original. Por tanto, debe estarse a la fecha del expediente instado en 2019 para determinar la obligación tributaria.

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