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V2786-18 24 octobre 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Impossibilité de déduire les licences fédérales au titre des cotisations à des ordres professionnels en IRPF

Un juge d'athlétisme s'interroge sur la déductibilité de sa licence fédérale obligatoire en tant que charge dans son IRPF. La DGT répond par la négative, au motif que les fédérations sportives sont des entités privées et non des ordres professionnels.

La question posée

Cuestión planteada Al incluir en sus declaraciones del IRPF como rendimiento del trabajo la referida remuneración, pregunta si el pago de la licencia federativa (obligatoria para intervenir en las competiciones) equivale al de las cuotas satisfechas a colegios profesionales, a efectos de su consideración como gasto deducible de los rendimientos íntegros del trabajo: artículo 19.2.d) de la Ley 35/2006.

La position de la DGT

Las licencias federativas no encajan en el supuesto de cuotas a colegios profesionales del artículo 19.2.d) de la Ley 35/2006. Esto se debe a que los colegios profesionales son corporaciones de derecho público, mientras que las federaciones deportivas son entidades privadas con personalidad jurídica propia. Por tanto, el gasto de la licencia no es deducible bajo ese concepto.

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