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V2677-20 2 septembre 2020 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ISD · reducción en la base imponible

La réduction de 95 % des dons de participations est conditionnée par l'exonération de l'impôt sur la fortune

La consultante s'interroge sur l'application d'une réduction de 95 % de la base imposable lors d'une donation de participations sociales. La DGT précise que cela nécessite impérativement l'exonération de ces participations au titre de l'impôt sur la fortune, ainsi que le respect de conditions spécifiques relatives à l'âge, aux fonctions de direction et à l'activité économique.

La question posée

Cuestión planteada Cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 20.6 de la Ley 19/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para aplicar la reducción del 95 por ciento de la base imponible en la donación planteada.

La position de la DGT

La reducción del 95% en la donación de participaciones exige que el donante tenga la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y que el donatario la mantenga por diez años. Para que la actividad de arrendamiento de inmuebles sea considerada actividad económica a efectos de dicha exención, debe contar con al menos un empleado con contrato laboral y a jornada completa. El cumplimiento de la reducción también requiere que el donante tenga 65 años o incapacidad permanente, y que deje de ejercer funciones de dirección.

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