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V2644-18 2 octobre 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

Le transfert de fonds propres depuis l'étranger ne constitue pas un revenu imposable

Un contribuable s'interroge sur l'imposition de ses économies et du produit de la vente de parts sociales transférés de la République du Congo vers l'Espagne. La DGT précise que le transfert de fonds propres n'est pas un revenu, bien que l'imposition des recettes dépende de la résidence fiscale.

La question posée

Cuestión planteada Tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la transferencia de dinero a España.

La position de la DGT

La transferencia de fondos propios de una cuenta bancaria a otra en el extranjero no constituye obtención de rentas. No obstante, la tributación de las rentas obtenidas dependerá de si el consultante es residente fiscal en España (tributando por su renta mundial) o no residente (tributando solo por rentas de fuente española). La residencia se determina por la permanencia de más de 183 días o por el núcleo de intereses económicos. La transferencia de dinero no exime de las obligaciones de acreditar el origen de los fondos o de tributar por los rendimientos que estos generen en España.

L’appliquer à un cas réel

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