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V2350-17 15 septembre 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

L'exonération pour travaux à l'étranger ne s'applique ni aux travailleurs indépendants ni au régime des indemnités pour travaux spécifiques

Une entreprise demande si un salarié et un travailleur indépendant en déplacement en Allemagne peuvent bénéficier de l'exonération pour travaux à l'étranger. La DGT répond que le travailleur indépendant ne peut y prétendre en l'absence de lien de subordination, et que le salarié ne pourra l'appliquer que si l'établissement stable en Allemagne est le destinataire final du travail.

La question posée

Cuestión planteada Si, en ambos casos (trabajador y autónomo), es aplicable la exención prevista en el artículo 7 p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

La exención del artículo 7 p) de la LIRPF requiere que los rendimientos deriven de una relación laboral o estatutaria, por lo que no aplica a autónomos. Para el trabajador, debe cumplirse que el trabajo se realice para una entidad no residente o un establecimiento permanente en el extranjero que sea el destinatario último del servicio. No es necesario que los rendimientos hayan tributado en el país de destino, basta con que exista un impuesto análogo y convenio de intercambio de información. Respecto a las dietas, el régimen de exención del artículo 9 del RIRPF no aplica si el trabajador es contratado para una obra o servicio determinado en un centro de trabajo concreto.

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