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V2273-21 12 août 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · régimen especial de desplazados

Modèle 151 : exclusion des revenus d'un emploi à l'étranger après la fin de l'expatriation

Une salariée relevant du régime spécial des travailleurs détachés s'interroge sur l'obligation de déclarer via le modèle 151 les salaires d'un nouvel emploi en Allemagne après la fin de sa mission en Espagne. La DGT précise que ces revenus ne sont pas imposables en Espagne si l'activité est exercée hors du territoire national.

La question posée

Cuestión planteada Si en el modelo 151 (modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para contribuyentes del régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español) por el período impositivo 2021, debe tributar por todos los rendimientos del trabajo obtenidos durante dicho período, esto es, si, además de los rendimientos percibidos, hasta marzo, del empleador en España, debe de incluir los percibidos del nuevo empleo con la empresa de Alemania.

La position de la DGT

Los rendimientos del trabajo obtenidos con posterioridad a la comunicación de la finalización del desplazamiento no se consideran obtenidos en territorio español bajo la especialidad del régimen especial. Solo tributarán en España si derivan de una actividad personal desarrollada en territorio español según el TRLIRNR. Por tanto, si la actividad se realiza en el extranjero, no deben incluirse en la declaración del modelo 151.

L’appliquer à un cas réel

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