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V2085-16 13 mai 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusiones

Application du régime spécial de fusion possible sous réserve de motifs économiques valables

La consultation porte sur la possibilité pour une opération projetée de bénéficier du régime fiscal spécial applicable aux fusions, scissions et apports d'actifs. La DGT conclut que cela est envisageable si les conditions commerciales et fiscales sont remplies, à condition que l'objectif principal ne soit pas la fraude ou l'obtention d'un avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si a la operación proyectada le es de aplicación el régimen fiscal especial previsto en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, así como el resto de beneficios concordantes regulados en cualesquiera otros tributos, por cumplir todos los requisitos previstos para ello, entre ellos contar con un motivo económico válido.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial del capítulo VII del título VII de la LIS, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1.c) de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La reducción de costes y la unificación de la gestión de actividades se consideran motivos económicamente válidos.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

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