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V2085-16 13. Mai 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Sonderregime für Fusionen anwendbar, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen

Die Anfrage befasst sich mit der Frage, ob eine geplante Transaktion unter das steuerliche Sonderregime für Fusionen, Spaltungen und Einlagen von Vermögenswerten fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die handelsrechtlichen und steuerlichen Voraussetzungen erfüllt sind und die Transaktion nicht primär auf Steuerbetrug oder bloße Steuervermeidung abzielt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a la operación proyectada le es de aplicación el régimen fiscal especial previsto en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, así como el resto de beneficios concordantes regulados en cualesquiera otros tributos, por cumplir todos los requisitos previstos para ello, entre ellos contar con un motivo económico válido.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial del capítulo VII del título VII de la LIS, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1.c) de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La reducción de costes y la unificación de la gestión de actividades se consideran motivos económicamente válidos.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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