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V2085-15 3 juillet 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · consolidación fiscal

Limites à la déduction des déficits reportables au sein des groupes de consolidation fiscale (2014-2015)

La consultation porte sur les modalités d'application des limites de déduction des déficits reportables au sein des groupes de consolidation fiscale pour les exercices 2014 et 2015. La DGT précise que la déduction des déficits des sociétés membres du groupe est soumise à la fois au plafond de la base imposable individuelle de chaque société et aux limites de la base imposable positive du groupe fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2014 y 2015, en relación a la limitación a la compensación de bases imponibles negativas comentada, la interpretación estricta del artículo 74.2 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades significa que la base imponible previa sobre la que se calculará el importe de las bases imponibles negativas susceptibles de compensación es la base imponible individual de la sociedad que generó esas bases imponibles negativas, sin sujeción a ningún otro límite adicional distinto de que se trate como ocurre en la totalidad de los casos.

La position de la DGT

Para los períodos 2014 y 2015, la compensación de bases imponibles negativas de una sociedad que se integra en un grupo fiscal se limita por el menor entre su base imponible individual y la base imponible positiva del grupo fiscal. Además, se deben aplicar los límites porcentuales (50% o 25%) establecidos por la Ley 16/2013 y la disposición transitoria trigésima cuarta de la LIS en función del volumen de operaciones del grupo fiscal.

L’appliquer à un cas réel

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