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V2078-21 12 juillet 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

L'exonération pour travaux effectués à l'étranger exige que l'entité bénéficiaire soit non résidente en Espagne

Un contribuable qui résidera en Espagne en 2021 après avoir travaillé en Allemagne demande s'il peut bénéficier de l'exonération pour les revenus du travail réalisés à l'étranger. La DGT précise que l'Allemagne peut taxer ces revenus et que l'exonération en Espagne ne sera applicable que si toutes les conditions légales sont remplies, notamment en ce qui concerne l'entité bénéficiaire des travaux.

La question posée

Si, en su autoliquidación por el IRPF 2021, podrá beneficiarse de la exención regulada en el artículo 7 p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

La exención del artículo 7 p) de la LIRPF requiere que los trabajos se realicen efectivamente en el extranjero para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente en el extranjero. Para que el trabajo se considere realizado en el extranjero, debe haber un desplazamiento y que el centro de trabajo se ubique temporalmente fuera de España. No es necesario que las rentas hayan tributado efectivamente en el extranjero, basta con que se aplique un impuesto análogo y no sea un paraíso fiscal. La aplicación de la exención dependerá del cumplimiento de todos estos requisitos.

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