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V2047-18 11 juillet 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IRPF · ganancias patrimoniales

Application de l'article 95 bis de la LIRPF pour les plus-values liées au changement de résidence en 2016

Le consultant s'interroge sur l'imputation des plus-values en 2015 suite à un changement de résidence ou sur l'application du report de l'impôt sur les sociétés. La DGT précise qu'un transfert de résidence effectué en 2016 relève du nouveau régime des plus-values pour changement de résidence de l'IRPF.

La question posée

1.- Si con las nuevas circunstancias, procedería imputar al ejercicio 2015 como ganancia La presente consulta es ampliación de otra anterior, con número V0251-16, a cuyos hechos se remite íntegramente con algún matiz. Reproducimos a continuación los hechos de la consulta ampliada.

La position de la DGT

Si el cambio de residencia se produce en el ejercicio 2016, será de aplicación el artículo 95 bis de la LIRPF, siempre que se cumplan sus requisitos. Este artículo permite solicitar el aplazamiento del pago de la deuda tributaria si el desplazamiento es por motivos laborales a un país sin paraíso fiscal o con convenio de intercambio de información. Por otro lado, el régimen de aplazamiento del Impuesto sobre Sociedades no es aplicable porque el socio no adquiere la residencia en la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo.

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