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V2047-18 11. Juli 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IRPF · ganancias patrimoniales

Anwendung von Art. 95 bis LIRPF auf Veräußerungsgewinne bei Wohnsitzwechsel im Jahr 2016

Der Anfragende erkundigt sich, ob aufgrund eines Wohnsitzwechsels bereits im Jahr 2015 Veräußerungsgewinne zu versteuern sind oder ob ein Aufschub der Körperschaftsteuer greift. Die DGT stellt klar, dass bei einem Wohnsitzwechsel im Jahr 2016 das neue Regime für Veräußerungsgewinne bei Wohnsitzwechsel gemäß der Einkommensteuer (IRPF) Anwendung findet.

Die gestellte Frage

1.- Si con las nuevas circunstancias, procedería imputar al ejercicio 2015 como ganancia La presente consulta es ampliación de otra anterior, con número V0251-16, a cuyos hechos se remite íntegramente con algún matiz. Reproducimos a continuación los hechos de la consulta ampliada.

Die Entscheidung der DGT

Si el cambio de residencia se produce en el ejercicio 2016, será de aplicación el artículo 95 bis de la LIRPF, siempre que se cumplan sus requisitos. Este artículo permite solicitar el aplazamiento del pago de la deuda tributaria si el desplazamiento es por motivos laborales a un país sin paraíso fiscal o con convenio de intercambio de información. Por otro lado, el régimen de aplazamiento del Impuesto sobre Sociedades no es aplicable porque el socio no adquiere la residencia en la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo.

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