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V2047-14 28 juillet 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Impossibilité d'appliquer la réduction de 40 % sur le bonus de recouvrement de créances

Un salarié a perçu un bonus exceptionnel pour avoir géré le recouvrement d'une dette de son entreprise. La DGT détermine que ce montant constitue un revenu d'activité et n'autorise pas la réduction de 40 % car sa période de génération est inférieure à deux ans.

La question posée

Posible aplicación al bonus de la reducción del 40 por ciento recogida en el artículo 18.2 de la Ley 35/2006

La position de la DGT

El bonus recibido por la gestión de cobro de una deuda es un rendimiento del trabajo al derivar de una relación laboral. No es aplicable la reducción del 40% del artículo 18.2 de la Ley del IRPF porque el rendimiento no es notoriamente irregular ni tiene un periodo de generación superior a dos años. El importe nace con la consecución del resultado positivo y no está vinculado al transcurso de un espacio temporal que exceda los dos años.

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