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V1859-14 11 juillet 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusiones

L'application du régime spécial des fusions est conditionnée par la validité économique de l'opération

Une société a sollicité l'avis de la DGT pour savoir si son opération de fusion pouvait bénéficier du régime spécial de l'impôt sur les sociétés et si ses motifs présentaient une validité économique. La DGT précise que l'opération doit satisfaire aux exigences commerciales et fiscales, tout en indiquant qu'elle ne peut statuer sur la validité des motifs en l'absence de données relatives au patrimoine et à l'activité.

La question posée

Cuestión planteada Si procede la aplicación del régimen especial del capítulo VIII del título VII del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, a la operación planteada. Y si los motivos alegados tienen la consideración de económicamente válidos a estos efectos.

La position de la DGT

Para acogerse al régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 83.1 del TRLIS. El régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La existencia de bases imponibles negativas en la absorbente no impide por sí misma la aplicación del régimen especial. Sin conocer el patrimonio y el impacto en la actividad, la DGT no puede determinar si la operación es económicamente válida.

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