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V1758-17 6 juillet 2017 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · exención

L'exonération de TVA sur les services de formation exige l'inclusion de l'activité dans des programmes d'études

Une société de formation pour techniciens sportifs s'interroge sur l'exonération de TVA de ses services et sur l'obligation de détailler le programme de formation sur la facture. La DGT précise que l'exonération dépend du respect de conditions subjectives et objectives liées à l'enseignement et aux programmes d'études.

La question posée

Cuestión planteada Si a los servicios prestados les resulta de aplicación la exención prevista en el artículo 20.uno.9º de la Ley 37/1992 y, en caso afirmativo, si debe especificarse en la factura el plan formativo vinculado a dichos servicios.

La position de la DGT

La exención del artículo 20.uno.9º de la Ley 37/1992 requiere que la actividad sea realizada por entidades de derecho público o privadas autorizadas, entendiendo estas últimas como centros cuyas actividades sean principalmente enseñanzas incluidas en un plan de estudios reconocido. Objetivamente, la enseñanza debe implicar la transmisión de conocimientos y competencias sin tener un carácter meramente recreativo, y las materias deben estar incluidas en los planes de estudios del sistema educativo. Respecto a la factura, debe indicarse la exención, pero el reglamento no obliga a especificar el programa o plan formativo.

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