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V1703-22 15 juillet 2022 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les aides extraordinaires au financement de la prime d'assurance de préretraite ne sont pas imposables comme revenu pour les salariés

Une consultation porte sur la question de savoir si les aides prévues par le décret royal 908/2013, destinées au financement de régimes de rentes dans le cadre de licenciements collectifs, constituent un revenu pour les salariés. La DGT répond que ces aides ne représentent pas une perception de revenu pour le travailleur, car elles financent uniquement une partie de la prime d'assurance sans modifier le montant convenu.

La question posée

Tributación a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las ayudas extraordinarias reguladas en el artículo 4.1 del Real Decreto 908/2013, de 22 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas, percibidas en el ejercicio 2020 por la compañía consultante en el marco de un expediente de regulación de empleo tramitado en 2019 que afectó a una serie de trabajadores.

La position de la DGT

La concesión de ayudas extraordinarias para financiar la prima de un seguro colectivo no supone para los trabajadores la obtención de una renta sujeta a IRPF. Las cantidades percibidas del contrato de seguro se calificarán como rendimientos del trabajo en la medida en que excedan de las contribuciones imputadas o de la exención por indemnización por despido. No obstante, la parte de la renta destinada a pagar el convenio especial con la Seguridad Social constituye rendimientos íntegros del trabajo.

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