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V1703-22 15. Juli 2022 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

Außerordentliche Beihilfen zur Finanzierung von Prämien für Vorruhestandsversicherungen sind für Arbeitnehmer nicht einkommensteuerpflichtig

Es wurde angefragt, ob die nach dem Königlichen Erlass 908/2013 gewährten Beihilfen zur Finanzierung von Rentenplänen im Rahmen von Massenentlassungen als Einkommen der Arbeitnehmer gelten. Die Generaldirektion für Sicherheit (DGT) stellt fest, dass diese Beihilfen keinen Einkommenszuwachs für den Arbeitnehmer darstellen, da sie lediglich einen Teil der Versicherungsprämie finanzieren, ohne die vereinbarte Höhe der Leistung zu verändern.

Die gestellte Frage

Tributación a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las ayudas extraordinarias reguladas en el artículo 4.1 del Real Decreto 908/2013, de 22 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas, percibidas en el ejercicio 2020 por la compañía consultante en el marco de un expediente de regulación de empleo tramitado en 2019 que afectó a una serie de trabajadores.

Die Entscheidung der DGT

La concesión de ayudas extraordinarias para financiar la prima de un seguro colectivo no supone para los trabajadores la obtención de una renta sujeta a IRPF. Las cantidades percibidas del contrato de seguro se calificarán como rendimientos del trabajo en la medida en que excedan de las contribuciones imputadas o de la exención por indemnización por despido. No obstante, la parte de la renta destinada a pagar el convenio especial con la Seguridad Social constituye rendimientos íntegros del trabajo.

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