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V1648-16 15 avril 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · atribución de rentas

Les communautés de biens continuent d'être imposées par attribution de revenus et non par l'impôt sur les sociétés

Une question a été posée pour savoir si une communauté de biens dédiée à l'exploitation solaire doit être soumise à l'impôt sur les sociétés. La DGT répond qu'en tant que communauté de biens et non société civile ayant un objet commercial et une personnalité juridique fiscale, elle conserve son régime d'attribution de revenus.

La question posée

Si la comunidad de bienes debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades a partir de 2016. En caso afirmativo, si debe presentar una declaración censal de modificación de su calificación o disolverse y constituir una comunidad de bienes.

La position de la DGT

Las sociedades civiles con objeto mercantil y personalidad jurídica fiscal son contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. Para tener personalidad jurídica fiscal, la sociedad debe manifestarse ante la Administración mediante escritura pública o documento privado aportado para la asignación del NIF. El objeto mercantil implica realizar actividades de producción, intercambio o servicios en sectores no excluidos (como agricultura o ganadería). La comunidad de bienes descrita no califica como sociedad civil mercantil, por lo que tributa por atribución de rentas según el artículo 6 de la LIS.

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