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V1647-16 15 avril 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · sociedad civil

Les communautés de biens continuent d'être imposées par attribution de revenus et non par l'impôt sur les sociétés

Une question a été posée pour savoir si une communauté de biens exploitant des installations solaires doit être soumise à l'impôt sur les sociétés. La DGT répond qu'en tant que communauté de biens et non société civile à objet commercial, elle conserve son régime d'attribution de revenus.

La question posée

Si la comunidad de bienes debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades a partir de 2016. En caso afirmativo, si debe presentar una declaración censal de modificación de su calificación o disolverse y constituir una comunidad de bienes.

La position de la DGT

Las sociedades civiles con objeto mercantil son contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades si tienen personalidad jurídica fiscal, la cual se adquiere al manifestarse ante la Administración mediante escritura pública o documento privado aportado para la asignación del NIF. El objeto mercantil implica realizar actividades de producción, intercambio o servicios en un sector no excluido (como el agrícola o profesional). Las comunidades de bienes, al no ser sociedades civiles con objeto mercantil, tributan por el régimen de atribución de rentas conforme al artículo 6 de la LIS.

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