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V1561-14 13 juin 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

La fusion par absorption peut bénéficier du regime special de l'IS et etre exoneree de TVA en cas de transmission d'une unite economique

Une entreprise s'interroge sur la possibilité d'appliquer le regime fiscal special de l'IS lors d'une fusion par absorption de deux entites de son meme groupe familial. La DGT confirme que cela est possible si les conditions commerciales et economiques sont remplies, et analyse l'absence de taxation au titre de la TVA et de l'ITPAJD.

La question posée

Cuestión planteada 1) Si la operación descrita pueden acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII, del título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo.

La position de la DGT

La operación puede acogerse al régimen especial de IS si se realiza bajo la Ley 3/2009 y cumple el artículo 83.1 del TRLIS, siempre que existan motivos económicos válidos y no sea para fraude o evasión. En el IVA, la transmisión no estará sujeta si los elementos transmitidos constituyen una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad por sí misma. Respecto al ITPAJD, si la fusión es una operación de reestructuración según el TRLIS, estará no sujeta a la modalidad de operaciones societarias y exenta en las demás modalidades.

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