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V1304-14 14 mai 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · régimen especial de agencias de viajes

Application du régime spécial des agences de voyages aux services d'événements et de formation incluant l'hébergement ou le transport

Une entreprise organisant des événements de formation et d'incitation pour une clientèle étrangère s'interroge sur l'application du régime spécial des agences de voyages. La DGT conclut qu'en agissant en son nom propre et en utilisant des services de tiers pour les déplacements, elle est assujettie audit régime.

La question posée

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones descritas y de las mismas si su destinatario fuera un empresario comunitario. También desea conocer si es necesario disponer de un NIF IVA comunitario para prestar estos servicios y procedimiento para obtener la devolución de las cuotas soportadas directamente en otros países y territorios o en el territorio de aplicación del Impuesto por la adquisición de bienes y servicios destinados a la realización de su actividad empresarial.

La position de la DGT

El régimen especial de agencias de viajes se aplica cuando el prestador actúa en nombre propio y adquiere bienes o servicios de otros para realizar un viaje. Estas operaciones se consideran una prestación única gravada al tipo general del 21% en el lugar de la sede de la agencia. La base imponible será el margen bruto, y estarán exentos los servicios adquiridos fuera de la Comunidad que redunden en beneficio del viajero. No se podrá deducir el impuesto soportado en adquisiciones que redunden directamente en beneficio del viajero.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

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