Aller au contenu
Retour à l'index
V1161-18 8 mai 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · primera entrega

Les transmissions successives de logements après l'achat auprès du promoteur seront soumises à la TVA et exonérées

Une entreprise de construction a demandé si la vente de logements acquis auprès d'un promoteur constituait une première ou une seconde livraison de bâtiments. La DGT a déterminé que, l'achat initial étant la première livraison, les ventes ultérieures de la consultante seront des opérations soumises et exonérées.

La question posée

Cuestión planteada Si la entrega de estos inmuebles constituye una primera o segunda entrega de edificaciones y su tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

La adquisición de viviendas por parte de una empresa al promotor constituye la primera entrega, la cual está sujeta y no exenta. Por tanto, las transmisiones posteriores realizadas por la consultante se consideran segundas o ulteriores entregas de edificaciones, las cuales están sujetas y exentas de IVA según el artículo 20.Uno.22º de la Ley 37/1992. No obstante, esta exención no se aplicará si las viviendas han sido objeto de obras de rehabilitación bajo los términos del apartado B del mismo artículo.

Email
Contact