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V0919-18 9 avril 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · gastos deducibles

Les cotisations aux ordres professionnels ne sont déductibles que si l'adhésion est obligatoire pour l'exercice de l'activité

Un salarié s'interroge sur la déductibilité de ses cotisations à un ordre professionnel. La DGT précise que cela n'est possible que si l'inscription à l'ordre est obligatoire pour l'exercice de ses fonctions.

La question posée

Cuestión planteada Si las cuotas de colegiación satisfechas se pueden considerar que son gasto deducible a los efectos previstos en el artículo 19.2.d) de la LIRPF.

La position de la DGT

Las cuotas de colegios profesionales son deducibles en la parte que corresponda a sus fines esenciales, siempre que la colegiación sea obligatoria para el desempeño del trabajo. Esta deducción está limitada a 500 euros anuales según el Reglamento del Impuesto. En el caso concreto, no se puede determinar la deducibilidad sin saber si la colegiación es obligatoria para realizar los servicios prestados al empleador.

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