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V0854-26 20 avril 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · sujeción al impuesto

Les services de transport scolaire fournis par une UTE sont assujettis à la TVA, contrairement aux contributions de l'Administration

Une UTE de transport scolaire s'interroge sur l'assujettissement à la TVA de ses services, de ceux fournis par ses membres et des subventions perçues. La DGT détermine que les services des membres sont assujettis à la TVA, que les contributions de l'Administration ne constituent ni une contrepartie ni une subvention liée au prix, et qu'il n'existe aucune obligation d'émettre une facture pour ces contributions.

La question posée

Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los referidos servicios de transporte escolar prestados por la consultante así como los recibidos por la misma de sus socios. Obligación de expedir factura por parte de la consultante por la recepción de las subvenciones del servicio de transporte escolar.

La position de la DGT

Tanto la UTE como sus miembros tienen la condición de empresarios o profesionales, por lo que los servicios que los socios prestan a la UTE están sujetos a IVA. Las aportaciones de las Administraciones Públicas para financiar el transporte escolar no se consideran subvenciones vinculadas al precio ni contraprestación, al no existir distorsión de la competencia. En el transporte no obligatorio, los importes pagados por los usuarios sí son contraprestación sujeta a IVA al tipo reducido del 10%. Al no ser las aportaciones de la Administración operaciones sujetas, no existe obligación de expedir factura, aunque sí de documentar el cobro por otros medios.

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