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V0854-26 20. April 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · sujeción al impuesto

Schulbusdienste einer UTE unterliegen der MwSt., während staatliche Zuwendungen von der Steuer befreit sind

Eine Arbeitsgemeinschaft (UTE) im Bereich des Schülertransports erkundigt sich nach der Umsatzsteuerpflicht ihrer Dienstleistungen, der Leistungen ihrer Gesellschafter sowie der erhaltenen Zuschüsse. Die DGT stellt fest, dass die Leistungen der Gesellschafter der MwSt. unterliegen, die staatlichen Zuwendungen jedoch weder eine Gegenleistung noch preisgebundene Zuschüsse darstellen und somit keine Rechnungspflicht für diese Zuwendungen besteht.

Die gestellte Frage

Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los referidos servicios de transporte escolar prestados por la consultante así como los recibidos por la misma de sus socios. Obligación de expedir factura por parte de la consultante por la recepción de las subvenciones del servicio de transporte escolar.

Die Entscheidung der DGT

Tanto la UTE como sus miembros tienen la condición de empresarios o profesionales, por lo que los servicios que los socios prestan a la UTE están sujetos a IVA. Las aportaciones de las Administraciones Públicas para financiar el transporte escolar no se consideran subvenciones vinculadas al precio ni contraprestación, al no existir distorsión de la competencia. En el transporte no obligatorio, los importes pagados por los usuarios sí son contraprestación sujeta a IVA al tipo reducido del 10%. Al no ser las aportaciones de la Administración operaciones sujetas, no existe obligación de expedir factura, aunque sí de documentar el cobro por otros medios.

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