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V0680-16 19 février 2016 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Impossibilité d'appliquer l'exonération pour handicap aux plans de pension du régime général

Un contribuable présentant un taux d'incapacité de 41 % s'interroge sur l'éligibilité de ses prestations de plans de pension à l'exonération pour handicap. La DGT conclut que cette exonération est inapplicable, car elle ne concerne que les plans constitués spécifiquement pour les personnes présentant un taux d'incapacité supérieur ou une incapacité judiciaire.

La question posée

Cuestión planteada Si es de aplicación la exención prevista en el artículo 7.w) de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las prestaciones en forma de renta que perciba de los planes de pensiones o, en caso de que las perciba en forma de capital, una reducción del 50 por ciento.

La position de la DGT

La exención del artículo 7.w) de la Ley 35/2006 solo es aplicable a prestaciones de planes de pensiones constituidos a favor de personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, o con incapacidad judicial. Las prestaciones de planes de pensiones del régimen general se consideran rendimientos del trabajo. Si se perciben en forma de capital, se podrá aplicar la reducción del 40% a la parte de aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, siempre que hayan pasado dos años desde la primera aportación.

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