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V0667-15 25 février 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión parcial

La scission partielle peut bénéficier du régime spécial d'IS et de l'exonération de TVA en cas de transfert de branches d'activité

Une consultation porte sur la conformité d'une scission partielle d'une entité aux activités diversifiées avec le régime spécial de l'Impôt sur les Sociétés et son assujettissement à la TVA. La DGT précise que les deux conditions sont remplies si des unités économiques autonomes sont transférées et que des motifs économiques valables sont justifiés.

La question posée

En cuanto a la operación proyectada de escisión, si se consideran que existen medios materiales y humanos suficientes para considerar la existencia de cuatro ramas de actividad diferenciadas, y, en consecuencia, si la operación de escisión, tal y como ha sido planteada, podría conceptuarse como una escisión parcial contemplada en el artículo 76.2.1º.b) de la LIS, y podría acogerse al régimen especial del capítulo VII del título VII de la LIS y si los motivos económicos apuntados son suficientes a efectos de entender cumplido el requisito subjetivo para la calificación de la escisión dentro del ámbito del régimen especial.

La position de la DGT

Para el Impuesto sobre Sociedades, la escisión parcial requiere que el patrimonio segregado constituya una rama de actividad (unidad económica autónoma capaz de funcionar por sus propios medios) y que la operación tenga motivos económicos válidos. Respecto al IVA, la transmisión de un conjunto de elementos que formen una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad por sus propios medios no estará sujeta al impuesto.

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