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V0605-19 21 mars 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · afectación parcial

Déduction des frais de logement et de services publics en IRPF et TVA selon l'affectation professionnelle

Un professionnel s'interroge sur la possibilité de déduire l'achat de son logement, les services publics et les frais associés en IRPF et TVA en utilisant une pièce comme bureau. La DGT répond qu'en IRPF, l'affectation est possible et proportionnelle, tandis qu'en TVA, la déduction dépend de l'affectation à l'activité.

La question posée

Cuestión planteada Si puede deducir como gasto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas parte del importe de la compra de la vivienda y en el Impuesto sobre el Valor Añadido parte de la cuota soportada en la compraventa. Asimismo, se pregunta por la deducción de los gastos de suministros asociados a la vivienda en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

En IRPF, es posible la afectación parcial de la vivienda si la parte destinada a la actividad es divisible y susceptible de aprovechamiento independiente, permitiendo deducir gastos de titularidad proporcionalmente. Los suministros (agua, luz, gas, etc.) se deducen aplicando el 30% de la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad. En IVA, se puede deducir la cuota de la adquisición de la vivienda como bien de inversión en la proporción de su uso profesional, pero los suministros no son deducibles por no ser bienes de inversión y tener uso simultáneo privado.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

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