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V0272-15 23 janvier 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusiones

L'application du régime spécial de fusions et d'apports est conditionnée par l'activité et l'absence de fraude

Un contribuable s'interroge sur la possibilité d'assujettir un apport en nature de parts sociales au régime spécial de la Loi sur l'impôt sur les sociétés et sur la validité de ses motifs économiques. La DGT précise que l'application de ce régime dépend du respect de conditions spécifiques de résidence, de participation et d'activité économique, et que les motifs invoqués pourraient être jugés valables.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación de reestructuración planteada podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial, el aportante debe poseer las participaciones ininterrumpidamente durante el año anterior, la entidad beneficiaria debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y la entidad aportante no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. El régimen no se aplicará si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos. Los motivos de racionalización de la gestión, planificación de la sucesión y relevo generacional pueden considerarse económicamente válidos.

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