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V0245-24 29 février 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

L'apport d'immeubles à une nouvelle société peut bénéficier du régime de neutralité fiscale

Une entreprise s'interroge sur la possibilité de bénéficier du régime spécial de neutralité fiscale lors de l'apport de 18 immeubles à une société nouvellement constituée. La DGT précise que cela est possible sous réserve du respect des conditions de résidence et de participation minimale, et à condition qu'il ne s'agisse pas d'une manœuvre de fraude ou d'évasion fiscale.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita encajaría en el supuesto recogido en el artículo 94.1 Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS) y cumpliría el requisito de la motivación económica válida recogido en el artículo 96.2 TRLIS, pudiéndose acoger por tanto al régimen de neutralidad fiscal del Capítulo VIII del Título VII del TRLIS.

La position de la DGT

La aportación de inmuebles a una sociedad de nueva creación podría acogerse al régimen de neutralidad fiscal del Capítulo VII del Título VII de la LIS si la entidad receptora es residente en España y la aportante mantiene una participación de al menos el 5% en los fondos propios. No obstante, este régimen no se aplicará si la operación tiene como principal objetivo el fraude, la evasión o la mera obtención de una ventaja fiscal sin motivos económicos válidos. La comprobación de la motivación económica es una cuestión de hecho que debe analizarse según las circunstancias de cada caso.

L’appliquer à un cas réel

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