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V0161-17 24 janvier 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · consolidación fiscal

Une succursale ne doit pas être intégrée dans le groupe fiscal si sa fermeture est décidée au cours du même exercice

La question porte sur l'intégration d'une succursale d'une entité allemande dans un nouveau groupe fiscal d'impôt sur les sociétés suite à une modification réglementaire, alors même que la fermeture de ladite succursale est prévue pour le même exercice. La DGT conclut qu'elle ne doit pas être incluse si la cessation de son activité est actée et qu'elle cesse d'être un établissement stable.

La question posée

Cuestión planteada 1. Confirmación de que la sucursal no debe incluirse en el grupo fiscal en el primer período impositivo del Impuesto sobre Sociedades iniciado a partir del 1 de enero de 2015, siempre que se proceda a su cierre en dicho período impositivo.

La position de la DGT

La sucursal no debe incluirse en el grupo fiscal en el período impositivo en que se acuerde el cese de su actividad y deje de ser establecimiento permanente. El pago de la imposición de salida por cambio de afectación de activos puede aplazarse si los elementos se transfieren a un Estado miembro de la UE. No aplica la cláusula anti-pérdidas por no existir transmisión jurídica, sino un cambio de afectación. En el período de cese, no se aplican los límites a la compensación de bases imponibles negativas. El valor de adquisición para futuras transmisiones será el valor de mercado utilizado para la imposición de salida.

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