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V0111-15 16 janvier 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusión

Une fusion peut bénéficier du régime spécial si elle respecte les conditions commerciales et présente des motifs économiques valables

La consultante demande si une opération de fusion peut bénéficier du régime fiscal spécial. La DGT répond que, si l'opération est conforme au droit commercial et aux exigences du TRLIS, et qu'elle n'a pas pour objectif principal la fraude ou l'avantage fiscal, elle peut être éligible à ce régime.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación de fusión se puede acoger al régimen especial del capítulo VIII del título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de fusión, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir los términos del artículo 83.1 del TRLIS. Además, debe responder a motivos económicos válidos, como la reestructuración o racionalización de actividades, y no tener como objetivo principal la evasión o ventaja fiscal según el artículo 96.2 del TRLIS. Si se cumplen, la entidad transmitente no integra rentas por la transmisión de bienes y la adquirente mantiene los valores fiscales originales.

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